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CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD
  • Haber presentado correctamente la inscripción en tiempo y forma establecido.
  • Autorizar a efectos de la normativa de Procedimiento Administrativo Común de las AAPP (Ley 39/2015 art. 28.2) a esta administración, a la consulta telemática con otras Administraciones Públicas de los datos declarados y demás circunstancias relacionadas con la tramitación del expediente.
    En el caso de NO autorizar la consulta, el participante debe adjuntar la documentación pertinente: DNI o NIE, documento de demanda de empleo -DARDE- tanto para trabajadores desempleados como aquellos en activo que desean mejorar su empleo (en caso de personas en activo deberán solicitar el documento en el que figuren como demandantes en mejora de empleo emitida por LABORA). O la acreditación laboral de empresa del sector turístico de la Comunidad Valenciana (nómina, vida laboral, contrato, etc.).
    El CdT podrá además solicitar cualquier documento acreditativo de los requisitos solicitados para realizar el curso (vida laboral, diplomas acreditativos, etc.).
  • Acudir en la fecha de selección del curso y realizar la prueba establecida según la especialidad, consistente en prueba escrita y una entrevista personal.
  • Ser residente en la Comunitat Valenciana o trabajar para una empresa con domicilio en la Comunitat Valenciana.
  • Para realizar cursos de Certificados de Profesionalidad de nivel 1 no se necesita ningún requisito de titulación. Los requisitos para realizar cursos de Certificados de Profesionalidad de nivel 2 o de nivel 3 son los establecidos en el artículo 20 del Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad.
  • La falta de asistencia injustificada los tres primeros día de clase, llevará la pérdida de la plaza ofertándose al primer/a reserva de la lista de espera.
  • Se reserva un 10% de las plazas ofertadas, a las víctimas de violencia de género.
  • En el caso de vacantes o abandonos, se podrá incorporar a la formación el alumnado que haya quedado en la lista de reserva, siguiendo el orden de la misma, si se produce durante los primeros cinco días lectivos desde el inicio de la acción formativa.
Criterios y pruebas de selección
  1. Prueba escrita de tipo psicotécnico (razonamiento verbal, numérico, etc.) de carácter eliminatorio, que permita evaluar de forma objetiva capacidades y aptitudes. Valoración: 70% sobre nota total.
  2. Entrevista personal para aquellos candidatos/as que superen la prueba anterior, con la que se pretende valorar la idoneidad de los aspirantes, mediante la baremación de aspectos profesionales, formativos y personales, que permita valorar la actitud, motivación, habilidades y experiencia. Valoración 30% sobre entrevista estructurada.
  3. Tanto si ha sido admitido al curso, o no, y/o está en situación de reserva, el interesado podrá consultar en la web de la Red CdT antes del inicio, en la zona privada, y se enviará notificación electrónica a los admitidos/as, lo cual deberá ser comprobado por el/la interesado/a.
  1. Prueba escrita de tipo psicotécnico (razonamiento verbal, numérico, etc.) de carácter eliminatorio, que permita evaluar de forma objetiva capacidades y aptitudes. Valoración: 60% sobre nota total.
  2. Entrevista personal para aquellos candidatos/as que superen la prueba anterior, con la que se pretende valorar la idoneidad de los aspirantes, mediante la baremación de aspectos profesionales, formativos y personales, que permita valorar la actitud, motivación, habilidades y experiencia. Valoración de la entrevista estructurada 30% (más un 10% si aportan certificado de nivel 1 de la misma familia profesional y especialidad). Tendrá por tanto prioridad el alumnado de niveles inferiores que se presente a un nivel superior dentro de su área de especialización (esto es, dentro de la misma familia profesional) y especialidad.
  3. Tanto si ha sido admitido al curso, o no, y/o está en situación de reserva, el interesado/a lo podrá consultar en la web de la Red CdT antes del inicio, en la zona privada, y se enviará notificación electrónica a los admitidos/as, lo cual deberá ser comprobado por el/la interesado/a.
  1. Prueba escrita de tipo psicotécnico (razonamiento verbal, numérico, etc.) de carácter eliminatorio, que permita evaluar de forma objetiva capacidades y aptitudes. Valoración: 60% sobre nota total.
  2. Entrevista personal para aquellos candidatos/as que superen la prueba anterior, con la que se pretende valorar la idoneidad de los aspirantes, mediante la baremación de aspectos profesionales, formativos y personales, que permita valorar la actitud, motivación, habilidades y experiencia. Valoración de la entrevista estructurada 30% (más un 10% si aportan certificado de nivel 2 de la misma familia profesional y especialidad). Tendrán por tanto prioridad el alumnado de niveles inferiores que se presente a un nivel superior dentro de su área de especialización, esto es, dentro de la misma familia profesional y especialidad.
  3. Tanto si ha sido admitido al curso, o no, y/o está en situación de reserva, el interesado/a podrá consultar en la web de la Red CdT antes del inicio, en la zona privada, y se enviará notificación electrónica a los admitidos/as, lo cual deberá ser comprobado por el/la interesado/a.
El acceso a la entrevista vendrá establecido por la nota de corte de aquellos aspirantes que hayan superado la prueba psicotécnica y vendrá establecida en función del número de aspirantes y por tanto del máximo a entrevistar (máximo dos por plaza ofertada).
El CdT podrá valorar cualquier otro aspecto que permita considerar a un candidato como idóneo (como pueden ser los antecedentes académicos en la Red de Centros del solicitante, o la realización de una prueba práctica), pudiendo además solicitar cualquier documento acreditativo de los requisitos solicitados para realizar el curso (vida laboral, diplomas acreditativos, etc.), así como cualquier otra documentación que se estime conveniente.
CURSOS DE ESPECIALIZACIÓN PROFESIONAL DIRIGIDOS A PERSONAS DESEMPLEADAS O EN SITUACIÓN DE MEJORA DE EMPLEO
  • Haber presentado correctamente la inscripción en tiempo y forma establecido.
  • Autorizar a efectos de la normativa de Procedimiento Administrativo Común de las AAPP (Ley 39/2015 art. 28.2) a esta administración, a la consulta telemática con otras Administraciones Públicas de los datos declarados y demás circunstancias relacionadas con la tramitación del expediente.
    En el caso de NO autorizar la consulta, el participante debe adjuntar la documentación pertinente: DNI o NIE, documento de demanda de empleo -DARDE- tanto para trabajadores desempleados como aquellos en activo que desean mejorar su empleo (en caso de personas en activo deberán solicitar el documento en el que figuren como demandantes en mejora de empleo emitida por LABORA).
  • Acudir en la fecha de selección del curso y realizar la prueba establecida si la hubiere.
  • Ser residente en la Comunitat Valenciana.
  • Se reserva un 10% de las plazas ofertadas, a las víctimas de violencia de género.
  • En el caso de vacantes o abandonos, se podrá incorporar alumnado a la formación, esta sustitución se admitirá siempre que se produzca antes de alcanzar el 25 por ciento de la duración de la acción formativa.
  • Acceso vía prueba de selección: deberá ser superada con el mínimo establecido a criterio de las personas responsables de la evaluación. Se valorará la actitud de las personas participantes, su formación/trabajo anterior, sus motivaciones y su disponibilidad para seguir el curso. En caso de un elevado número de personal participante, si se hubiera previsto, se podrá convocar a la entrevista personal sólo a los que hayan sobrepasado una nota determinada en el test, si lo hubiere. La persona responsable de la selección podrá valorar cualquier otro aspecto que permita considerar a un candidato o a una candidata como idóneo (como pueden ser los antecedentes académicos en la red de centros de la persona solicitante o la realización de una prueba práctica), pudiendo además solicitar cualquier documento acreditativo de los requisitos solicitados para realizar el curso (vida laboral, diplomas acreditativos, etc.), así como cualquier otra documentación que se estime conveniente.
    • Tras evaluar la idoneidad de las personas aspirantes, y a igualdad de puntuaciones, se priorizará a las personas por orden de inscripción.
    • Se penalizará, en términos de prioridad, a aquellas personas que, sin causa justificada, no se hubieran presentado a tres o más cursos anteriores de la Red CdT en el que hubieran sido admitidas.
  • Acceso directo, se emplea un sistema de baremación automática que consiste en:
    • Persona desempleada y que se encuadre en el segmento de alumnado específico al que se dirige el curso. Reserva de un 80 % de las plazas ofertadas. En caso de no cubrirse las plazas para este colectivo pasan a incrementar el siguiente para la selección.
      Se priorizará a las personas por orden de inscripción, fecha y hora.
    • Antiguo/a alumno/a de la Red CdT y desempleado/a que se encuadre en el segmento de alumnado específico al que se dirige el curso. Reserva de un 20 % de las plazas ofertadas. Hasta completar aforo. Se priorizará a las personas por orden de inscripción, fecha y hora, siempre y cuando los puntos anteriores se cumplan correctamente.
    • Se penalizará, en términos de prioridad, a aquellas personas que, sin causa justificada, no se hubieran presentado a tres o más cursos anteriores de la Red CdT en el que hubieran sido admitidas.
Tanto si ha sido admitido al curso, o no, y/o está en situación de reserva, la persona interesada podrá consultar en la web de la Red CdT antes del inicio, en la zona privada, y se enviará notificación electrónica al personal admitido, lo cual deberá ser comprobado por la persona interesada.
FORMACIÓN DIRIGIDA A PERSONAS OCUPADAS DEL SECTOR TURÍSTICO
  • Haber presentado correctamente la inscripción en tiempo y forma establecido.
  • Autorizar a efectos de la normativa de procedimiento administrativo común de las AAPP (Ley 39/2015, art. 28.2) a esta administración, a la consulta telemática con otras administraciones públicas de los datos declarados y demás circunstancias relacionadas con la tramitación del expediente. En el caso de no autorizar la consulta la persona interesada deberá adjuntar la documentación pertinente: DNI o NIE, y la acreditación laboral de empresa del sector turístico de la Comunitat Valenciana (nómina, vida laboral, contrato, etc.).
    El CdT podrá además solicitar cualquier documento acreditativo de los requisitos solicitados para realizar el curso (currículum, diplomas acreditativos, etc.).
  • Ser residente o trabajar en una empresa, cuyo centro de trabajo esté ubicado en la Comunitat Valenciana.
  • Se reserva un 10 % de las plazas ofertadas, a las víctimas de violencia de género.
  • En el caso de vacantes o abandonos, se podrá incorporar alumnado a la formación, esta sustitución se admitirá siempre que se produzca antes de alcanzar el 25 % de la duración de la acción formativa.
  • Tendrán prioridad aquellos/as trabajadores/as en activo del sector turístico, que además se encuadren en el segmento de alumnado específico al que se dirige el curso.
  • Se priorizará a las personas por orden de inscripción, fecha y hora, siempre y cuando se hayan inscrito correctamente y cumplan los puntos anteriores.
  • Se penalizará, en términos de prioridad, a aquellas personas que, sin causa justificada, no se hubieran presentado a tres o más cursos anteriores de la Red CdT en el que hubieran sido admitidas.
  • El CdT podrá valorar cualquier otro aspecto que permita considerar a un candidato o candidata como idóneo (como pueden ser los antecedentes académicos en la red de centros de la persona solicitante), pudiendo además solicitar cualquier documento acreditativo de los requisitos solicitados para realizar el curso (vida laboral, diplomas acreditativos, etc.), así como cualquier otra documentación que se estime conveniente.
Tanto si ha sido admitido al curso, o no, y/o está en situación de reserva, la persona interesada podrá consultar en la web de la Red CdT antes del inicio, en la zona privada, y se enviará notificación electrónica a los admitidos/as, lo cual deberá ser comprobado por la persona interesada.
FORMACIÓN PARA PERSONAS OCUPADAS Y DESEMPLEADAS DEL SECTOR TURÍSTICO:
  • Haber presentado correctamente la inscripción en tiempo y forma establecido.
  • Autorizar a efectos de la normativa de procedimiento administrativo común de las AAPP (Ley 39/2015, art. 28.2) a esta administración, a la consulta telemática con otras administraciones públicas de los datos declarados y demás circunstancias relacionadas con la tramitación del expediente. En el caso de no autorizar la consulta la persona interesada deberá adjuntar la documentación pertinente: DNI o NIE, y la acreditación laboral de empresa del sector turístico de la Comunitat Valenciana (nómina, vida laboral, contrato, etc.), o el documento de demanda de empleo -DARDE- emitido por LABORA.
El CdT podrá además solicitar cualquier documento acreditativo de los requisitos solicitados para realizar el curso (vida laboral, diplomas acreditativos, etc.).
  • Ser residente o trabajar en una empresa, cuyo centro de trabajo esté ubicado en la Comunitat Valenciana.
  • Se reserva un 10 % de las plazas ofertadas, a las víctimas de violencia de género.
  • En el caso de vacantes o abandonos, se podrá incorporar alumnado a la formación, esta sustitución se admitirá siempre que se produzca antes de alcanzar el 25 % de la duración de la acción formativa.
  • La persona inscrita ha de estar en activo en el sector turístico cumpliendo que resida en la Comunitat Valenciana, o bien trabaja en una empresa del sector turístico o es autónomo con domicilio en la Comunitat Valenciana. Siempre estas personas han de encuadrarse en el segmento de alumnado específico al que se dirige el curso. Reserva de un 70% de las plazas ofertadas. En caso de no cubrirse las plazas para este colectivo pasan a incrementar al siguiente para la selección. Se priorizará a las personas por orden de inscripción, fecha y hora, siempre y cuando los puntos anteriores se cumplan correctamente.
  • Exalumnado de la Red CdT en situación de desempleo y que se encuadren en el segmento de alumnado específico al que se dirige el curso. Reserva de un 20% de las plazas ofertadas. En caso de no cubrirse las plazas para este colectivo pasan a incrementar el siguiente para la selección. Se priorizará a las personas por orden de inscripción, fecha y hora, siempre y cuando los puntos anteriores se cumplan correctamente.
  • Persona desempleada con formación previa en sector turístico y que se encuadre en el segmento de alumnado específico al que se dirige el curso. Reserva de un 10% de las plazas ofertadas. Hasta completar aforo. Se priorizará a las personas por orden de inscripción, fecha y hora, siempre y cuando los puntos anteriores se cumplan correctamente.
  • Se penalizará, en términos de prioridad, a aquellas personas que, sin causa justificada, no se hubieran presentado a tres o más cursos anteriores de la Red CdT en el que hubieran sido admitidas.
En caso de no cubrirse el número de plazas reservadas para cada colectivo, éstas formarán parte del grupo inmediatamente superior o inferior, según corresponda. Siempre con el límite del aforo establecido para el curso.
Tanto si ha sido admitido al curso, o no, y/o está en situación de reserva, el interesado/a podrá consultar en la web de la Red CdT antes del inicio, en la zona privada, y se enviará notificación electrónica a los admitidos/as, lo cual deberá ser comprobado por el/la interesado/a
FORMACIÓN ON LINE
FORMACIÓN DIRIGIDA A PERSONAS OCUPADAS DEL SECTOR TURÍSTICO:
  • Haber presentado correctamente la inscripción en tiempo y forma establecido.
  • Autorizar a efectos de la normativa de Procedimiento Administrativo Común de las AAPP (Ley 39/2015 art. 28.2) a esta administración, a la consulta telemática con otras Administraciones Públicas de los datos declarados y demás circunstancias relacionadas con la tramitación del expediente. En el caso de NO autorizar la consulta se deberá adjuntar la documentación pertinente: DNI o NIE, y la acreditación laboral de empresa del sector turístico de la Comunidad Valenciana (nómina, vida laboral, contrato, etc.).
  • El CdT podrá además solicitar cualquier documento acreditativo de los requisitos solicitados para realizar el curso (vida laboral, diplomas acreditativos, etc.).
  • Ser residente o trabajar en una empresa, cuyo centro de trabajo esté ubicado en la Comunidad Valenciana.
  • Se reserva un 10% de las plazas ofertadas, a las víctimas de violencia de género.
  • En caso de no ser cubiertas todas las plazas ofertadas con personal en activo inscrito en el curso, se procederá a cubrir las vacantes con personal desempleado en el sector turístico inscrito en el curso, siempre por orden de inscripción.
  • En el caso de vacantes o abandonos, se podrá incorporar alumnado a la formación, esta sustitución se admitirá siempre que se produzca antes de alcanzar el 25 por ciento de la duración total de la acción formativa.
  • La persona inscrita ha de estar en activo en el sector turístico cumpliendo que o está empadronado en la Comunitat Valenciana, o bien trabaja en una empresa del sector turístico o es autónomo con domicilio en la Comunitat Valenciana. Siempre estas personas han de encuadrarse en el segmento de alumnado específico al que se dirige el curso. Reserva de un 80% de las plazas ofertadas. En caso de no cubrirse las plazas para este colectivo pasan a incrementar el siguiente para la selección.
  • Se priorizará a las personas por orden de preinscripción, fecha y hora, siempre y cuando los puntos anteriores se cumplan correctamente.
  • Exalumnado de la Red CdT y se encuadren en el segmento de alumnado específico al que se dirige el curso. Reserva de un 20% de las plazas ofertadas. En caso de no cubrirse las plazas para este colectivo pasan a incrementar el siguiente para la selección.
  • Se penalizará, en términos de prioridad, a aquellas personas que, sin causa justificada, no se hubieran presentado a tres o más cursos anteriores de la Red CdT en el que hubieran sido admitidas.
  • En el caso de vacantes o abandonos, se podrá incorporar alumnado a la formación, esta sustitución se admitirá siempre que se produzca antes de alcanzar el 25 por ciento de la duración total de la acción formativa.
Tanto si ha sido admitido al curso, o no, se podrá consultar en la web de la Red CdT antes del inicio del curso, en la zona privada, y se enviará notificación electrónica a los admitidos/as, lo cual deberá ser comprobado por el/la interesado/a.
FORMACIÓN DIRIGIDA A PERSONAS DESEMPLEADAS
  • Haber presentado correctamente la inscripción en tiempo y forma establecido.
  • Autorizar a efectos de la normativa de procedimiento administrativo común de las AAPP (Ley 39/2015, art. 28.2) a esta administración, a la consulta telemática con otras administraciones públicas de los datos declarados y demás circunstancias relacionadas con la tramitación del expediente.
    En el caso de no autorizar la consulta deberán presentar/adjuntar la documentación pertinente: DNI o NIE, documento de demanda de empleo -DARDE- tanto para trabajadores y trabajadoras desempleados como aquellos en activo que desean mejorar su empleo (en caso de personas en activo deberán solicitar el documento en el que figuren como demandantes en mejora de empleo emitida por LABORA).
  • Ser residente en la Comunitat Valenciana.
  • Se reserva un 10 % de las plazas ofertadas a las víctimas de violencia de género.
  • En caso de no ser cubiertas todas las plazas ofertadas con personal desempleado inscrito en el curso, se procederá a cubrir las vacantes con personal en activo en el sector turístico inscrito en el curso, siempre por orden de inscripción
  • En el caso de vacantes o abandonos, se podrá incorporar alumnado a la formación, esta sustitución se admitirá siempre que se produzca antes de alcanzar el 20 % de la duración de la acción formativa.
  • Estar en situación de desempleo y que se encuadre en el segmento de alumnado específico al que se dirige el curso. Reserva de un 80 % de las plazas ofertadas. En caso de no cubrirse las plazas para este colectivo pasan a incrementar el siguiente para la selección.
  • Se priorizará a las personas por orden de preinscripción, fecha y hora, siempre y cuando los puntos anteriores se cumplan correctamente.
  • Exalumnado de la Red CdT y que se encuadren en el segmento de alumnado específico al que se dirige el curso. Reserva de un 20 % de las plazas ofertadas. En caso de no cubrirse las plazas para este colectivo pasan a incrementar el siguiente para la selección.
  • Se penalizará, en términos de prioridad, a aquellas personas que, sin causa justificada, no se hubieran presentado a tres o más cursos anteriores de la Red CdT en el que hubieran sido admitidas.
  • En el caso de vacantes o abandonos, se podrá incorporar alumnado a la formación, esta sustitución se admitirá siempre que se produzca antes de alcanzar el 25 por ciento de la duración de la acción formativa.
Tanto si ha sido admitido al curso, o no, se podrá consultar en la web de la Red CdT antes del inicio del curso, en la zona privada, y se enviará notificación electrónica al personal admitido, lo cual deberá ser comprobado por la persona interesada.
FORMACIÓN ABIERTA
  • Haber presentado correctamente la inscripción en tiempo y forma establecido.
  • Autorizar a efectos de la normativa de procedimiento administrativo común de las AAPP (Ley 39/2015, art. 28.2) a esta administración, a la consulta telemática con otras administraciones públicas de los datos declarados y demás circunstancias relacionadas con la tramitación del expediente. El CdT podrá además solicitar cualquier documento acreditativo de los requisitos solicitados para realizar el curso (vida laboral, diplomas acreditativos, etc.).
  • Se reserva un 10 % de las plazas ofertadas, a las víctimas de violencia de género.
  • En el caso de vacantes o abandonos, se podrá incorporar alumnado a la formación, esta sustitución se admitirá siempre que se produzca antes de alcanzar el 20 % de la duración de la acción formativa.
  • Se priorizará a las personas por orden de preinscripción, fecha y hora, siempre y cuando los puntos anteriores se cumplan correctamente.
  • Se penalizará, en términos de prioridad, a aquellas personas que, sin causa justificada, no se hubieran presentado a tres o más cursos anteriores de la Red CdT en el que hubieran sido admitidas.
Tanto si ha sido admitido al curso, o no, se podrá consultar en la web de la Red CdT antes del inicio del curso, en la zona privada, y se enviará notificación electrónica a los admitidos/as, lo cual deberá ser comprobado por la persona interesada.
FORMACIÓN EN COLABORACIÓN CON UNIVERSIDADES, ORGANISMOS, INSTITUCIONES Y ASOCIACIONES

Las actuaciones formativas que Turisme Comunitat Valenciana ponga en marcha en colaboración con universidades de la Comunitat Valenciana deberán de cumplir los requisitos de acceso y selección de los estudios universitarios oficiales en el Espacio Europeo de Educación Superior (EEES).

El resto de actuaciones formativas que Turisme Comunitat Valenciana ponga en marcha en colaboración con otros organismos, instituciones, y asociaciones se publicará tanto los requisitos de acceso como de selección en función de la actividad ofertada.

EXPEDICIÓN DE DIPLOMAS

Turisme Comunitat Valenciana expedirá un diploma para cada tipo de actuación que se haya previsto y siempre que se hayan cumplido los requisitos para su obtención.

Los diplomas de los cursos de formación se generan como documentos electrónicos firmados e incorporan, además de la toda la información identificativa del alumnado y de la acción formativa cursada, un código seguro de verificación (CSV), a través del cual es posible descargar el documento firmado digitalmente.

Puedes descargar los diplomas desde la zona privada, en la web, o a través de la aplicación móvil de la Red CdT.

Tras evaluar como apto/a la formación teórico práctica, se obtiene un diploma expedido por Turisme Comunitat Valenciana y LABORA.

Las personas que realicen certificados de profesionalidad serán evaluadas en términos de apto/no apto durante y, o al finalizar el mismo, teniendo derecho a obtener un certificado que indique los módulos formativos superados, en su caso.

Si se está realizando un certificado de profesionalidad la evaluación se hará:

  • Durante todo el proceso de aprendizaje.
  • Combinando distintos métodos e instrumentos (valoración de trabajos, actividades, pruebas realizadas durante el proceso formativo, etc.).
Al final de cada módulo:
  • Prueba de carácter teórico-práctico. Si el módulo se estructura en unidades formativas, la prueba se hará de manera que permita identificar la puntuación obtenida en cada una de ellas. Será necesario alcanzar una puntuación mínima de 5 en la prueba de evaluación final y, en su caso, en todas y cada una de las unidades formativas que lo configuren.
  • La evaluación final del módulo superado será la suma de la puntuación media obtenida en la evaluación durante el proceso de aprendizaje (pondera un 30 %) más la puntuación obtenida en la prueba de evaluación final del módulo (pondera un 70 %).
  • El alumnado que no hayan superado la prueba de evaluación final del módulo en la fecha establecida para la primera convocatoria o no la hayan realizado por causa justificada, se les ofrecerá una segunda convocatoria, antes de concluir la acción formativa, en la que se les aplicará otra prueba final semejante a la anterior.

Para poder presentarse a la prueba de evaluación final de un módulo de un certificado de profesionalidad, se debe asistir al menos al 75 % de las horas totales del mismo, justificadas y no justificadas. En caso de que se programen unidades formativas sin llegar a completar un módulo, dicho porcentaje se aplicará a la unidad formativa.

Quienes no superen la totalidad de los módulos asociados al certificado de profesionalidad y superen los módulos asociados a una o varias unidades de competencia del mismo, recibirán una certificación de los módulos superados que tendrá efectos de acreditación parcial acumulable de las competencias profesionales adquiridas.

Se les notificará por correo electrónico el inicio del trámite para recoger el diploma, presencialmente, en la secretaría de cada centro, una vez emitido por LABORA.

Junto al diploma se entregará un ejemplar del modelo normalizado del documento “Solicitud de certificado de profesionalidad” (en caso de que el alumno o alumna haya superado todos los módulos formativos del certificado de profesionalidad) o del documento “Solicitud de acreditación de unidades de competencia de las cualificaciones (acreditación parcial acumulable)” (en caso de que el alumno o alumna no haya superado todos los módulos del certificado, pero sí los correspondientes a una o más unidades de competencia).

LABORA se pondrá en contacto con la persona solicitante cuando esté disponible el título definitivo, que se podrá recoger en el centro LABORA Formación de referencia. La expedición del título definitivo tiene un plazo aproximado de uno a dos años.

El título tiene carácter oficial y validez en todo el territorio nacional y son expedidos por LABORA, Servicio Valenciano de Empleo y Formación.

Tras evaluar como apto/apta la formación teórico práctica, se obtiene un diploma expedido por Turisme Comunitat Valenciana. Cuando las faltas de asistencia, justificadas e injustificadas, superen el 25 % del total de las horas del curso, no obtendrán el diploma.
Se obtiene un diploma expedido por Turisme Comunitat Valenciana. Cuando las faltas de asistencia, justificadas e injustificadas, superen el 25 % del total de las horas del curso, no obtendrán el diploma.

Tras evaluar como apto/a la formación teórico práctica, se obtiene un diploma expedido por Turisme Comunitat Valenciana. Cuando las faltas de asistencia, justificadas e injustificadas, superen el 25 % del total de las horas del curso, no obtendrán el diploma.

Tras evaluar como apto/a la formación teórico práctica, se obtiene un diploma expedido por Turisme Comunitat Valenciana.

En la modalidad en línea, la evaluación se realizará mediante el análisis de las actividades y trabajos presentados en la plataforma, así como la participación en las herramientas de comunicación que se establezcan, y tiempo de conexión, en un 80 % del curso.

En las actuaciones formativas que Turisme Comunitat Valenciana ponga en marcha en colaboración con universidades de la Comunitat Valenciana, se regirá por la normativa sobre enseñanzas propias de cada universidad.

En el resto de actuaciones formativas que Turisme Comunitat Valenciana ponga en marcha en colaboración con otros organismos, instituciones, y asociaciones se publicarán los requisitos de expedición del diploma en función de la actividad ofertada, siempre bajo la premisa de asistencia obligatoria al 80 % de la acción.

Para la formación en higiene alimentaria, manipulación de alimentos y gestión de alérgenos, es obligatorio superar la evaluación como apto en la formación teórico práctica, y la asistencia a la totalidad del curso para obtener el diploma expedido por Turisme Comunitat Valenciana.

Quienes no superen la totalidad de una actuación formativa, podrán solicitar una certificación de asistencia, a través del trámite: Solicitud general de iniciación y tramitación telemática de procedimientos de Turisme Comunitat Valenciana o presentando solicitud por registro de entrada en las Secretaría del CdT.

PRÁCTICAS PROFESIONALES NO LABORALES
Las prácticas en empresa para la Red CdT son un valor añadido. El paso del mundo formativo al ámbito profesional es uno de los cambios más importantes para nuestro alumnado y desde nuestros centros se trabaja para lograr que tu inserción laboral sea un trámite sencillo.
En las especialidades relacionadas con certificados de profesionalidad, tienen carácter modular y tanto su duración como las condiciones de impartición están reguladas.
  • Las PNL se realizarán en el último período del curso y su duración será idéntica para todo el alumnado. En el caso de tener algún módulo no apto, para acceder a las prácticas, se requerirá un informe favorable del técnico de LABORA.
  • El horario se adecuará en la medida de lo posible a las condiciones de los centros de trabajo donde se lleven a cabo.
  • De acuerdo con la persona tutora de la empresa en que se realicen las prácticas, el profesor o la profesora o el tutor o la tutora elaborará un programa formativo en el que necesariamente deberá constar:
    1. Áreas o departamentos del centro de trabajo en los que participará el alumnado, con la temporalización correspondiente a cada uno.
    2. Desarrollo de las actividades en cada área o departamento, especificando:
  • Actividades formativo-productivas incluidas en el apartado de prácticas de los contenidos formativos de cada uno de los módulos, que deben servir para ejecutar o, en su caso, completar la competencia profesional requerida en el empleo.
  • Actividades de evaluación que deben permitir al alumnado demostrar la competencia profesional objeto de acreditación y al instructor del centro de trabajo obtener suficiente evidencia de la misma.

Con carácter general se realizarán en empresas que tengan personalidad jurídica distinta a la del centro formativo y que cumplan las siguientes condiciones:

  1. No distar el centro de trabajo más de 30 kilómetros del centro formativo, salvo que se justifique su necesidad y sea expresamente autorizada por LABORA.
  2. El alumnado que tenga un contrato laboral en un centro de trabajo, no podrá hacer las prácticas en el mismo centro.
  3. Tener una actividad principal perteneciente a sectores no relacionados con la formación, salvo que la acción formativa corresponda al Área Profesional de Formación y Educación de la familia profesional «Servicios socioculturales y a la Comunidad».
  4. Para la modalidad colectivos, se exceptúan los requisitos contemplados en los apartados 1. y 2., si bien las empresas deberán adecuarse a las necesidades del alumnado.

Al exclusivo objeto de la realización de las PPNL, se suscribe un convenio entre el CdT y la empresa. Existe además una póliza de seguros para la realización del módulo.

El centro de trabajo designará entre personal cualificado un/a tutor/a de empresa por cada cinco alumnos/as, cuyas funciones serán las siguientes:

  1. Supervisar y apoyar técnicamente al alumnado en el desarrollo de las prácticas.
  2. Distribuir las tareas entre el alumnado.
  3. Colaborar en la evaluación del alumnado.

En colaboración con el tutor o la tutora de la empresa, el seguimiento y evaluación del alumnado corresponderá a un tutor o tutora del centro formativo que ha impartido alguna unidad formativa o módulo propio de la especialidad.

Una vez finalizada la PPNL, el tutor o la tutora del CdT emitirá un informe sobre el resultado del plan de seguimiento y la evaluación realizada, que incluirá una relación de los días y horas de dedicación.

CONVALIDACIONES

El alumnado que haya superado, con anterioridad a la acción formativa que se está cursando, algún módulo de la especialidad principal o de las especialidades complementarias de un certificado de profesionalidad no estará obligado a volver a cursarlos.

La ausencia del alumnado durante los días de impartición del módulo, se considerarán como faltas justificadas.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 5 bis.4 del Real decreto 34/2008, de 18 de enero, modificado por el Real decreto 189/2013, de 15 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad, y en el artículo 26.1 de la Orden ESS/1897/2013, de 10 de octubre, por la que se desarrolla el Real decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y los reales decretos por los que se establecen certificados de profesionalidad dictados en su aplicación, estarán exentos de realizar el módulo de formación práctica en centros de trabajo:

Quienes acrediten una experiencia laboral de al menos tres meses, con un mínimo de 300 horas trabajadas en total, durante los 5 últimos años transcurridos hasta la fecha de solicitud de la exención, y que se corresponda con las capacidades recogidas en el citado módulo del certificado de profesionalidad.

Acreditación y tramitación de la exención

  1. Los alumnos o las alumnas deberán solicitar expresamente la exención de la realización del módulo de prácticas, presentando la solicitud en el modelo normalizado, en el plazo de 10 días naturales desde su incorporación a la acción formativa.
  2. De acuerdo con lo establecido en el artículo 5 bis.5 del Real decreto 34/2008, de 18 de enero, la experiencia laboral se acreditará mediante la aportación de la siguiente documentación:
    1. Trabajadores o trabajadoras asalariados:
      • Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social, del Instituto Social de la Marina o de la mutualidad a la que estuvieran afiliados, donde conste la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización), y el período de contratación.
      • Certificado de la empresa donde hayan adquirido la experiencia laboral, en el que conste la duración de los períodos de prestación del contrato, la actividad desarrollada y el intervalo de tiempo en el que se ha realizado dicha actividad.
    2. Para trabajadores o trabajadoras autónomos o por cuenta propia:
      • Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social o del Instituto Social de la Marina de los períodos de alta en la Seguridad Social en el régimen especial correspondiente.
      • Declaración responsable del cumplimiento de los requisitos para la exención del módulo de prácticas, con descripción de la actividad desarrollada e intervalo de tiempo en el que se ha realizado la misma.
    3. Para trabajadores o trabajadoras voluntarios o becarios:
      • Certificado de la organización o empresa donde se haya prestado la asistencia en la que consten las actividades y funciones realizadas, el año en que se han realizado y el número total de horas dedicadas a las mismas.
  3. LABORA notificará a la persona interesada, mediante resolución firmada la exención o no exención del módulo.
NORMAS DE FUNCIONAMIENTO

La Red de Centros de Turismo es la herramienta de Turisme Comunitat Valenciana que tiene como fin la mejora de la empleabilidad y eficiencia de los recursos humanos, la atracción del talento, la investigación, innovación y promoción de la gastronomía y de la hostelería y el turismo.

La Red CdT pone a tu disposición unas instalaciones y equipamientos, con las técnicas más avanzadas para el desarrollo de los procesos operativos de la formación en hostelería y turismo. Nuestra misión es promover entre el alumnado y todo el personal que la integra la vocación por la hospitalidad, imprescindible en las profesiones del sector del turismo y la hostelería.

Os invitamos a cumplir estas normas de convivencia para que las actividades formativas se realicen con unas garantías mínimas de calidad. Todo el personal del CdT tiene la responsabilidad de cumplir y hacer cumplir estas normas: alumnado, docentes y personal no docente respetarán los horarios de entrada y salida del centro para colaborar en el normal desarrollo de las actividades de apertura y cierre del mismo.

Se respetará la prohibición de fumar dentro del recinto. El no hacerlo será causa de expulsión.

La asistencia a clase y la puntualidad.

El respeto a la autoridad docente y personal no docente, tanto dentro de la clase como en el resto del recinto del centro.

El respeto a todos los miembros de la comunidad y visitantes.

El trato correcto hacia los/as compañeros/as, no permitiéndose, en ningún caso, el ejercicio de violencia física o verbal.

El cuidado y respeto de todos los materiales que el centro pone a disposición del alumnado y cuerpo docente.

El cuidado de las instalaciones y del conjunto del edificio.

Comer y beber, en aulas, biblioteca y zonas comunes, fuera de las zonas habilitadas para ello, está prohibido.

El acceso al interior del CdT con bicicletas, patines, monopatines, o cualquier vehículo, está prohibido, excepto para personas con movilidad reducida, que usen vehículos homologados para tal efecto.

El acceso a los talleres de cocina, repostería, sala, bar-cafetería, almacenes y cámaras frigoríficas, con bolsas o mochilas.

Alumnado, docentes y personal no docente han de prestar especial atención, durante todas las actividades que realicen en las aulas talleres a los siguientes puntos:
  1. Actitud e indumentaria personal en las aulas prácticas:
  2. Se extremará el aseo personal especialmente en lo que se refiere a rostro y cabello, en el caso de llevar barba o bigote, será obligatorio el uso de barbera (protector de barba) o similar que deberá aportar el alumno, de tal manera que la higiene alimentaria quede asegurada. Se recomienda el pelo corto según el rol de hostelería, peinados recogidos y rostro poco maquillado. Se evitarán los perfumes penetrantes. Las uñas se llevarán cortas, arregladas y limpias y sin lacar. Está prohibido llevar puestos pendientes, piercings (podrán ir tapados con un apósito) colgantes, pulseras, anillos, relojes, etc. Se aconseja no llevar alianza. Se lavarán las manos al comienzo de las actividades en los talleres y siempre que se considere oportuno, utilizando los aparatos instalados para ese fin y papel desechable para el secado y o secadores. El Centro se ocupará del aprovisionamiento de jabón y papel, siendo preciso la economía de los mismos.

  3. Normas sobre conservación e higiene de los equipamientos:
  4. La participación en las aulas taller requiere una atención y responsabilidad especial por parte de todos para mantener las normas de higiene, limpieza y conservación mínimas tanto en el uso de las instalaciones, maquinaria y utensilios de trabajo, como en la manipulación de alimentos y bebidas, como estipula la normativa.

    En este sentido todos los miembros de la comunidad respetarán las siguientes orientaciones: las instalaciones, maquinaria e instrumentos han de dejarse en perfecto estado de limpieza y orden para ser utilizado por el grupo de alumnos siguiente.

    La maquinaria siempre debe dejarse apagada por cada formador una vez terminada la clase, además de quedar en perfecto estado de utilización tras su uso.

    Especial atención requieren los suministros como electricidad y gas.

    Las encimeras, mesas de trabajo y pilas-fregaderos deben quedar escrupulosamente limpias y ordenadas, y en general toda el aula.

    Las cazuelas, sartenes y otros útiles deben utilizarse de forma razonada, preocupándose por la correcta colocación de las mismas.

    El orden y la colocación de todos los instrumentos serán de obligada realización, siguiendo las indicaciones descritas de cada lugar asignado al material.

    Para conservar cualquier género se deberá utilizar un recipiente adecuado sin poder utilizar los mismos envases o embalajes en los que llegan las materias primas, excepto en aquellos casos donde el producto tenga una dificultad de desembalado y haya que conservar el embalaje original, es el caso de algunos productos congelados.

    En cualquier caso, todos los envases utilizados serán los permitidos por la reglamentación técnico sanitaria.

    Igualmente se etiquetará todo producto identificando el tipo de género y grupo al que pertenece, fecha de caducidad, etc.

    Cualquier enfermedad de contagio común o en la piel de las manos debe ser puesta en conocimiento del formador. Si un alumno o alumna presenta síntomas graves de este tipo de enfermedades debe acudir al médico/a y, si éste lo prescribe, será eximido de las prácticas mientras persistan dichos síntomas. Es responsabilidad del alumnado y de los formadores cubrir debidamente las heridas en las manos o, si procede, cubrir la mano con un guante, dispondrá de apósitos y guantes para este fin en el botiquín. Queda terminantemente prohibido sacar de la cocina, almacenes, cámaras o de las aulas de prácticas cualquier alimento o preparación sin permiso; así como su consumo.

  5. Uniformidad:
  6. El uniforme sólo se podrá vestir dentro del horario del aula taller y para realizar las actividades propias del mismo, siendo necesaria la correcta uniformidad para poder acceder al taller.

    Si se lleva camiseta interior debe ser blanca. El pico, del uniforme de cocinero o cocinera, se utilizará para su fin, anudándolo al cuello. Se prohíbe su uso para cubrir la cabeza o recoger el cabello.

    El uso de los litos y los paños de cocina es para evitar quemaduras al coger recipientes calientes, y para otros usos específicos, nunca para limpiarse o secarse las manos.

    Se establece que la uniformidad, detallada por cursos o especialidades, cedida por el centro, y deberá ser entregada, limpia y planchada, al término del curso.

  7. Normas de uso del aula de informática:
  8. El alumnado está obligado a comprobar el estado del equipo informático en el que trabaja al comenzar y al finalizar la sesión de clase. Cualquier incidencia debe comunicar inmediatamente a su docente, quien tomará las medidas oportunas.

    No se permite la entrada de comida, bebida (ni siquiera agua).

    Está terminantemente prohibido que el alumnado conecte o desconecte componentes del equipo informático, aunque no funcionen correctamente.

    Está terminantemente prohibido que el alumnado instale o desinstale programas informáticos, incluso aunque no funcionen correctamente.

    Se prohíbe expresamente el acceso a contenidos de carácter violento, pornográfico, xenófobo, discriminatorio y, en general, contrarios a los objetivos propios del carácter formativo, salvo bajo la responsabilidad del profesor o profesora y en el marco de las actividades formativas del centro.

    No se permite el cambio de configuración de los equipos informáticos para adecuarlos al gusto personal del alumnado.

    Todos los trabajos que realice el alumnado deben ser guardados en una carpeta en la nube, que al efecto debe crear el propio alumnado. No se permite el guardado de información en el escritorio ni en lápices de memoria.

    Al finalizar la clase debe dejar el equipo apagado y en las mismas condiciones que lo encontró.

    El incumplimiento de estas normas se tratará como cualquier otra incidencia disciplinaria

  9. Normas de uso de la red Wifi:
  10. Para la correcta utilización de la red corporativa de acceso Wifi y de forma adicional a las posibles políticas en vigor de seguridad y de uso de la Red CdT se establecen las siguientes normas de uso:

    Cesión de Claves de Acceso. La red Wifi ha sido dispuesta por el centro para su utilización por parte del alumnado, docentes y personal no docente y otras personas autorizadas por lo que queda totalmente prohibida la cesión de claves de acceso a terceras personas.

    Derecho a la intimidad y privacidad.

    Queda prohibido las descargas ilegales

    Uso no autorizado de equipamiento. Queda prohibido el intento de acceso a cualquier equipo informático, ubicado o no en la red del centro, para el que no se posea el correspondiente permiso a nivel particular (necesidad de cuenta personal) o de forma general utilizando las infraestructuras de comunicaciones de la Generalitat Valenciana.

  11. Normas de uso de dispositivos móviles:
  12. Móviles: queda prohibido el uso de móviles en el aula, tanto para llamadas como para mensajería o cualquier otro propósito. Esta prohibición se refiere a cualquier tipo, marca o tamaño de aparatos de telefonía y afecta tanto al alumnado como al personal docente.

    Durante las sesiones de clase, los móviles de todos permanecerán en silencio o en modo avión. Las llamadas entrantes y los avisos del aparato no pueden ser audibles para la clase.

    Ordenadores y tabletas: con carácter general, se autoriza el uso de ordenadores y tabletas en clase. Si bien el docente podrá denegar su uso, de acuerdo con consideraciones didácticas.

    Por su completa inadecuación a los propósitos didácticos, queda totalmente prohibido el uso de otros dispositivos reproductores de audio o video, durante cualquier sesión de trabajo o clase.

    Acceso a redes sociales: no se permite el acceso a redes sociales, durante la clase, salvo indicación expresa del docente en función de la temática concreta de la sesión.

    En el Reglamento General de Protección de Datos se considera la imagen y la voz como un dato de carácter personal y sujeto, por tanto, a protección. Está totalmente prohibido grabar, hacer fotos, audios, publicarlas en las redes sociales, en todo el recinto del centro, sin consentimiento expreso.

  13. Normas de uso de la biblioteca:
  14. Uso exclusivo para el alumnado en aquellos centros donde se disponga.

    Queda prohibido consumir comida o bebida, utilizar teléfonos móviles, desplazar o mover de su lugar sillas, mesas u otras piezas de mobiliario y hacer ruido o hablar en un tono de voz que moleste al resto de los usuarios.

    Los préstamos se establecen en función de las características especiales de cada una de las bibliotecas de centros que conforman la Red CdT y de sus fondos. Deberá solicitarse en la secretaría de cada centro de lunes a viernes laborables de 9 a 14 h.

  15. Normas de uso del garaje:
  16. El uso es exclusivo para el personal docente o personal no docente, al alumnado aparcara en la zona pública, excepto alumnado con discapacidad. En todos los casos se requiere autorización previa de la dirección del centro.

    El uso es el indispensable durante el horario de clase o de servicio administrativo, no pudiendo hacerse uso del mismo fuera del citado horario.

    Los vehículos se situarán dentro de cada plaza debidamente delimitada, sin sobrepasar dichos límites.

    La circulación por el recinto del garaje se hará a baja velocidad (no superior a 20 km/h) y con las luces de cruce encendidas, tanto a la entrada como a la salida, con el fin de evitar posibles accidentes y atropellos.

    El centro no se hace responsable de los objetos depositados en los vehículos, ni los daños ocasionados al mismo.

  17. Normas de uso de las taquillas:
  18. Las taquillas son de uso individual y solo por el tiempo que se encuentre el usuario/a en el centro, debiendo aportar el candado, preferiblemente de combinación.

    Es obligatorio dejar libre la taquilla, retirando los objetos en ella depositados, una vez finalizado su uso. En caso de uso indebido de la taquilla, se procederá al desalojo de la misma al cierre del centro.

    No se permite guardar en las taquillas ningún elemento que pueda degradarse, deteriorarse o que contengan sustancias peligrosas.

    El acceso a las aulas taller de cocina, repostería, bar – cafetería y restaurante, está totalmente prohibido con mochila, para ello se ha de usar las taquillas habilitadas.

    Es aconsejable para todos los usuarios/as la utilización de las taquillas, para evitar posibles hurtos. Se recomienda no dejar objetos de valor en las taquillas.

    El centro no se responsabiliza de la pérdida, hurto o deterioro de los objetos depositados en las taquillas. En caso de pérdida de la llave del candado, será necesario que el usuario firme un documento con sus datos personales y DNI para responsabilizarse de la apertura forzada de la taquilla en cuestión. Se podrá habilitar un horario de uso de las taquillas por parte del centro.

  19. Material didáctico básico de uso en taller
  20. En función del curso, al inicio, se le indicará al alumnado el material de utillaje básico, para su uso en taller, personal y no transferible, por motivos de higiene y seguridad.

FALTAS DE ASISTENCIA

Causará baja en el curso si tiene más de tres faltas de asistencia no justificadas en un mes en el caso de certificados de profesionalidad, o si falta más del 25 % de las horas lectivas del curso, si se trata de personas ocupadas.

Cuando las faltas de asistencia, justificadas y no justificadas de un alumno o alumna superen el 25 % de la duración del curso, módulo o unidades formativas, perderá el derecho a recibir el diploma acreditativo, no pudiendo el alumno o alumna realizar examen final. Se le hará entrega de un certificado de asistencia real, si se solicita por parte de la persona interesada, siguiendo el procedimiento en vigor.

FALTAS JUSTIFICADAS
  1. La ausencia de un alumno o alumna durante la impartición de un módulo formativo ya realizado con el resultado de apto/a.
  2. Enfermedad o accidente: cuando la ausencia prevista sea de una duración de tres días o menos: se aportará un justificante médico o el parte de urgencias correspondiente.
    Cuando la ausencia prevista sea superior a tres días consecutivos: para trabajadores o trabajadoras ocupados o trabajadores/as desempleados perceptores de prestaciones, se acreditará con copia del parte de baja previsto en la normativa de la Seguridad Social, el parte de confirmación, cuando sea necesario, y el parte de alta, cuando se produzca.
    Para trabajadores o trabajadoras en situación de desempleo y no perceptores se aportará un justificante médico.
  3. Matrimonio/ pareja de hecho. Se acredita con el libro de familia, inscripción en el registro civil o registro de uniones de hecho. Los días lectivos a disponer serán de hasta 3. Este permiso se iniciará siempre tras producirse el hecho causante.
  4. Por nacimiento, acogida o adopción de un hijo, y por enfermedad grave o fallecimiento del cónyuge o parientes hasta el segundo grado de afinidad o consanguinidad: Se acredita con el Libro de Familia y además: justificante médico, o parte de baja médica, o certificado de defunción, y documentación de la relación de parentesco. Los días lectivos a disponer serán de hasta 3. Este permiso se iniciará siempre tras producirse el hecho causante.
  5. Por traslado de domicilio habitual: Se acredita con la declaración jurada, o traslado de la demanda de empleo cuando proceda. Se autorizará un día.
  6. Por cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público o personal: se acredita con certificado de su cumplimiento u otros medios de prueba. Se concederá estrictamente por el tiempo indispensable, estos son: visitas médicas, citaciones de juzgados, comisarías, examen o renovación del carnet de conducir, renovación del documento nacional de identidad, número de identificación de extranjero o del pasaporte y otros trámites necesarios en organismos oficiales.
  7. Por causas de fuerza mayor que imposibiliten la comparecencia (catástrofes, huelgas de transporte, etc.). Se acreditan con declaración jurada. Se concederá estrictamente por el tiempo indispensable.
FALTAS DE DISCIPLINA
Se considerarán faltas de disciplina aquellas conductas que infrinjan las normas de convivencia del centro. Las faltas se clasifican en leves, graves y muy graves.

Se calificará como falta leve cualquier infracción a las normas de conducta y que por su entidad, no llegara a tener la consideración de falta grave ni de muy grave.

Las faltas leves se corregirán de forma inmediata. Entre las sanciones se incluirán las siguientes:

  1. Amonestación verbal o por escrito.
  2. Expulsión de la sesión de clase con comparecencia inmediata ante la persona responsable de formación del centro, hasta el día siguiente.
  3. La realización de tareas o actividades de carácter académico.

Se califican como faltas graves las siguientes:

  1. Las faltas reiteradas de puntualidad o de asistencia a clase que, a juicio del formador, no estén justificadas.
  2. Las conductas que impidan o dificulten a otros compañeros el ejercicio del derecho o el cumplimiento del deber de la formación.
  3. Los actos de incorrección o desconsideración con compañeros u otros miembros de la comunidad escolar.
  4. Los actos de indisciplina y los que perturben el desarrollo normal de las actividades del centro.
  5. Los daños causados en las instalaciones o el material del centro.
  6. Los daños causados en los bienes o pertenencias de los miembros del centro.
  7. La reiteración en el mismo curso de dos o más faltas leves.
  8. El incumplimiento de la sanción impuesta por la comisión de una falta leve.

Las faltas graves se corregirán con las siguientes sanciones:

  1. Expulsión de la sesión de clase con comparecencia inmediata ante la persona responsable de formación del centro, hasta el día siguiente.
  2. Realización de tareas que contribuyan al mejor desarrollo de las actividades del centro o, si procede, dirigidas a reparar los daños causados, o dirigidas a mejorar el entorno ambiental del centro.

Son faltas muy graves las siguientes:

  1. Los actos graves de indisciplina, desconsideración, insultos, falta de respeto o actitudes desafiantes, cometidos hacia las personas formadoras y demás personal del centro.
  2. El acoso físico o moral a los compañeros y compañeras.
  3. El uso de la violencia, las agresiones, las ofensas graves y los actos que atenten gravemente contra la intimidad o las buenas costumbres sociales contra los compañeros o demás miembros del centro.
  4. La discriminación, las vejaciones o las humillaciones a cualquier miembro de la comunidad educativa, ya sean por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, orientación sexual, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
  5. La grabación, publicidad o difusión, a través de cualquier medio o soporte, de agresiones o humillaciones cometidas.
  6. Los daños graves causados intencionadamente o por uso indebido en las instalaciones, materiales y documentos del centro o en las pertenencias de otros miembros del centro.
  7. La suplantación de personalidad y la falsificación o sustracción de documentos.
  8. El uso, la incitación al mismo o la introducción en el centro de objetos o sustancias perjudiciales para la salud o peligrosas para la integridad personal de los miembros de la comunidad.
  9. La perturbación grave del normal desarrollo de las actividades del centro y, en general, cualquier incumplimiento grave de las normas de conducta.
  10. La reiteración en el curso de dos o más faltas graves.
  11. El incumplimiento de la sanción impuesta por la comisión de una falta grave.

Las faltas muy graves se corregirán con la siguiente sanción:

  1. Expulsión definitiva del centro.